El Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) anunció la esperada inclusión de dos nuevas categorías de vinos, “Vino Parcialmente Desalcoholizado” y “Vino Desalcoholizado” o “Vino Sin Alcohol“, a la Ley General de Vinos 14.878. Esta medida, implementada a través de la Resolución RESOL-2024-5-APN-INV#MEC, responde a una evaluación exhaustiva de antecedentes y normativas nacionales e internacionales realizada por profesionales del INV, considerando también las Resoluciones de la Organización Internacional de la Viña y el Vino (OIV).
El VINO PARCIALMENTE DESALCOHOLIZADO es obtenido por desalcoholización parcial del vino, con una disminución del contenido alcohólico superior al veinte por ciento volumen (20 % vol.), siempre que su contenido alcohólico final sea igual o superior a cero coma cinco por ciento volumen (0,5 % vol.). Por otro lado, el VINO DESALCOHOLIZADO o VINO SIN ALCOHOL es aquel producto obtenido por desalcoholización del vino, con un contenido alcohólico menor a cero coma cinco por ciento volúmenes (0,5 % vol.).
Esta medida es considerada de suma relevancia para la industria vitivinícola argentina, especialmente en un contexto donde el consumo de vinos muestra tendencias decrecientes a nivel mundial. Aunque algunos analistas consideran que la Resolución llega un poco tarde, dado que las tendencias hacia vinos de bajo contenido alcohólico fueron pronosticadas hace más de 20 años, se espera que esta nueva categoría pueda revitalizar el sector y abrir nuevas oportunidades comerciales.
Según datos del Estudio Estratégico elaborado por Wine Intelligence (IWSR Drinks Market Analysis), las ventas de vino con bajo contenido o sin alcohol han experimentado un crecimiento significativo a nivel global, alcanzando los 11.000 millones de dólares, y se proyecta que superen los 24.000 millones de dólares para el año 2032. En el mercado global de bebidas sin y de bajo contenido alcohólico, se prevé un crecimiento anual compuesto del 6% entre 2023 y 2027, con las bebidas sin alcohol liderando este crecimiento.
Además, en otra medida anunciada bajo la Resolución 6/2024, el INV ha modificado la definición de Vinos Livianos o Vinos Cosecha Temprana. Ahora, estos productos podrán tener un rango de alcohol permitido de 5% a 11,5% v/v, se permitirá la carbonatación hasta un máximo de 1 atmósfera, y se establece una relación uva/vino mínima de 130 kg/100 l. Estas modificaciones buscan adaptarse a las demandas del mercado y simplificar los requisitos administrativos para los productores.
En fin, estas medidas reflejan los esfuerzos del sector vitivinícola argentino por adaptarse a las tendencias y demandas del mercado global, ofreciendo una mayor diversidad de productos y oportunidades comerciales.
Y vos, ¿preferís los vinos desalcoholizados? ¿qué opinas de esta tendencia?
Fuentes: Espacio Vino.

